Las reclamaciones pueden presentarse:
En Hojas de Reclamaciones existentes en todos los Centros de FREMAP.
Las reclamaciones presentadas son tramitadas y contestadas directamente por la Mutua y comunicadas a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Art. 99.1 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
A través de el formulario Reclamaciones Online de FREMAP.
Las reclamaciones presentadas son tramitadas y contestadas directamente por la Mutua y comunicadas a la Dirección General de ordenación de la Seguridad Social. Art. 99.1 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
A través de l' Oficina Virtual de Reclamaciones
de el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Una oficina virtual de reclamaciones de acceso público para gestionar las quejas de los trabajadores sobre la gestión de las mutuas. El Ministerio centraliza las reclamaciones recibidas y las remite a la mutua correspondiente para que esta pueda facilitar una respuesta que posteriormente, el Ministerio hace llegar a el ciudadano.
Las reclamaciones son quejas de carácter administrativo respecto de el servicio prestado por la Mutua, y distintas a las reclamaciones objeto de acciones legales, que se sustancian por los Tribunales de Justicia.